La evolución de la
neurociencia y
neurotecnología es imparable, en las próximas décadas el ser humano desarrollará tecnología suficientemente avanzada como para decodificar la información de nuestro cerebro, amplificar nuestros sentidos o modificar nuestros recuerdos.
En palabras del nuestro Glocal Experto Rafael Yuste (Director del Centro de Neurotecnología de la Universidad de Columbia EE.UU.): “
El cerebro genera la mente humana, si podemos registrar la actividad del cerebro, podemos descifrar la mete humana, los pensamientos de las personas. Esto abre muchos problemas éticos y sociales ya que por primera vez nos metemos dentro del tejido de lo que somos” (…). En 10 o 20 años , como mucho, habrá tecnología para manipular el cerebro”.
Ante este desafío, se hace necesario regular y legislar estas tecnologías para que al igual que otras muchas sean utilizadas correctamente. Y para eso se hace fundamental, redefinir los derechos humanos, incorporando a la definición clásica de 1948 los “derechos de las mentes de las personas” o más comúnmente conocidos como “neuroderechos”.
Los neuroderechos han de establecer un nuevo marco jurídico internacional basado en el principio de justica para proteger el cerebro y su actividad. De no aprobarse unos neuroderechos con vigencia internacional, se corre el riesgo de que las neurotecnologías sean mal usadas por parte de los neurotecnólogos así como por parte de las compañías de tecnología que usan grandes cantidades de datos.
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Identidad personal
Consiste en limitar cualquier neurotecnología que permita alterar el sentido del yo de las personas y en evitar que la identidad personal se pierda con la conexión a redes digitales externas.
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Libre albedrío
Se refiere a preservar la capacidad de las personas de tomar decisiones de forma libre y autónoma, es decir, sin manipulación alguna mediada por parte de las neurotecnologías.
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Privacidad mental
Protege a los individuos del uso de los datos obtenidos durante la medición de su actividad cerebral sin su consentimiento y prohíbe expresamente cualquier transacción comercial con esos datos.
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Acceso equitativo
Busca la regulación en la aplicación de las neurotecnologías para aumentar las capacidades cerebrales, de manera que no queden solo al alcance de unos pocos y generen desigualdad en la sociedad.
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Protección contra los sesgos
Evita que las personas sean discriminadas por cualquier factor, como pudiera ser un mero pensamiento, que se pueda obtener mediante el uso de las neurotecnologías.
¿Hablamos de neurociencia y de los neuroderechos?